Auto Supremo AS/0541/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0541/2015-RRC-L

Fecha: 31-Ago-2015

Ahora bien, en el caso de autos, se verifica que la parte recurrente denunció en


Ahora bien, en el caso de autos, se verifica que la parte recurrente denunció en su apelación restringida la vulneración del principio de continuidad y las normas que lo regulan, estableciendo el Tribunal de apelación en el Auto de Vista impugnado, que las audiencias se señalaron de acuerdo a las reglas de procedimiento, jurisprudencia constitucional y doctrina; además, puntualizó que el cómputo de los diez días de intervalo entre audiencias, se realiza una vez iniciado el juicio y no de la audiencia de conciliación al Auto de apertura de juicio y que las audiencias de juicio fueron señaladas dentro de los diez días y no el 29 de junio (fecha en la que se suspendieron los plazos en razón de encontrarse en vacación judicial)