Auto Supremo AS/0546/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0546/2015

Fecha: 04-Ago-2015

Que, así formulado el recurso casación y/o nulidad, la respuesta al mismo, se ingresa a

CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Que, así formulado el recurso casación y/o nulidad, la respuesta al mismo, se ingresa a resolver dicho recurso, bajo los razonamientos siguientes:
La Empresa recurrente impugnó el Auto de Vista 073/2011 de 28 de marzo, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, acusando los siguientes motivos: casación en la forma, en sentido de que, el Auto de Vista debe ser anulado por infracción del art. 267 del CPC; casación en el fondo, en sentido de que, el Auto de Vista aplicó indebidamente el DS de 9 de marzo de 1937 en relación a la rebaja de sueldos como figura de retiro indirecto por falta de pago oportuno de sueldos y el DS 28699 de 1 de mayo de 2006, aplicando la multa del 30%, cuando hasta la fecha el Ministerio de Trabajo no habría aprobado el Reglamento específico que respalde los procedimientos establecidos, como lo dispone el art. 13 del citado Decreto Supremo