POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 203 a 204 vta., interpuesto por Juan Pablo Sahonero Saravia, contra el Auto de Vista Nº 074/2011 de 28 de marzo, cursante de fs. 198 a 199 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba. Con costas
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducido por el actor Juan Pablo Sahonero Saravia (fs
- El referido Auto de Vista, dio lugar al recurso de casación interpuesto por Juan Pablo
- Indica que mediante memorial de 2 de febrero de 2009, se solicitó la presentación de
- Señala que, en cuanto a los salarios correspondientes a los meses de enero, febrero y
- Finaliza el recurso, solicitando al tribunal de casación case el Auto de Vista recurrido, por
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- En la sana crítica el Juez tiene la obligación de explicitar las razones lógicas, científicas
- Dentro del marco legal y doctrinal señalado,
- En cuanto a la denuncia, de
- Bajo estos parámetros, se concluye no ser
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
