Auto Supremo AS/0564/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0564/2015-RA

Fecha: 31-Ago-2015

Como tercer agravio, referido a que el Tribunal de alzada soslayó y no se pronunció


Como tercer agravio, referido a que el Tribunal de alzada soslayó y no se pronunció sobre los elementos de prueba cuestionados en apelación restringida, referidas a las pruebas signadas como MP6, MP7 y MP4, distorsionando de manera arbitraria lo previsto en la norma adjetiva penal refiriendo en su considerando II.5, “no tener facultad para revalorizar prueba, por ser una facultad exclusiva de los tribunales de instancia, desde el momento en que se instaló el juicio, dejando de esta forma que los tribunales de instancia violente derechos constitucionales, ante semejante arbitrariedad” (sic), se establece que el recurrente no cumple con la carga procesal de exponer en qué consiste la contradicción existente entre la Resolución impugnada con los precedentes invocados, en los términos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP; es decir, la exposición de hechos similares, en relación al sentido jurídico distinto que habría asignado el Auto de Vista recurrido, no existiendo ni un mínimo de trabajo de contraste que exige la ley, limitándose a citar y transcribir en parte los Autos 386/2012 de 21 de diciembre, 27/2013 de 8 de febrero y 408/2013 de 30 de agosto