Auto Supremo AS/0564/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0564/2015-RA

Fecha: 31-Ago-2015

En cuanto al agravio en análisis, se constata que no obstante de haberse provisto de


En cuanto al agravio en análisis, se constata que no obstante de haberse provisto de los antecedentes de hecho generadores del recurso, precisar los derechos al debido proceso y a la presunción de inocencia, el recurrente no detalló con precisión de qué forma los referidos derechos fueron lesionados por el Tribunal de alzada a tiempo de resolver la denuncia de errónea aplicación de la ley sustantiva vinculándolo a un defecto no susceptible de convalidación, conforme prevé el art. 169 de CPP, por cuanto únicamente se limitó a efectuar consideraciones subjetivas sobre los fundamentados que habría expresado el Tribunal de alzada en los considerandos II.2 y II.3 del Auto de Vista recurrido, sin explicar jurídicamente las razones por las que correspondía aplicar el art. 9 del CPP, ni establecer cuál el resultado dañoso emergente del defecto denunciado, aspectos mínimos que al no haber sido observados por la parte impugnante, en definitiva provocan la declaratoria de inadmisibilidad del presente motivo