Auto Supremo AS/0565/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0565/2015-RA

Fecha: 31-Ago-2015

Refiere que en relación al primer agravio denunciado, la conclusión a la que arribó el

Refiere que en relación al primer agravio denunciado, la conclusión a la que arribó el Tribunal de alzada resulta ser incoherente, en virtud de que no existe elemento material que respalde la resolución de dicho Tribunal, cuando señala que la acción de transporte estaría demostrada por las declaraciones de los dos consumidores, pese a que los mismos no declararon en el juicio, ni cuando afirma que los consumidores habrían facilitado su número de celular, extremo que tampoco fue acreditado con un flujo de llamadas entrantes y salientes de los celulares, más aun tomando en cuenta que sólo al imputado le secuestraron el celular y no así a los supuestos testigos; de igual manera señala que el Tribunal de apelación no fundamentó el por qué resulta no ser creíble su última intervención, en la que identificó como proveedor de marihuana al señor Rony Albert Flores. Continúa señalando que tanto el Juez de instancia, como el Tribunal de apelación no se pronunciaron sobre el elemento subjetivo (dolo) del delito endilgado y que el a quo calificó erróneamente su conducta, debiendo absolverle por el delito de transporte de sustancias controladas y declararlo culpable del delito de consumo y tenencia para el consumo, previsto y sancionado por el art. 49 de la Ley 1008