Ahora bien, cumpliendo lo dispuesto en decreto de 8 de julio de 2009 (fs
Ahora bien, cumpliendo lo dispuesto en decreto de 8 de julio de 2009 (fs. 75), el 28 del mismo mes y año, la Juez de grado llevó a cabo la audiencia de inspección judicial en la localidad de San Juan de Palometilla, Provincia Sara, a objeto de la verificación de existencia del inmueble en el que funcionaba el Centro de Acopio San Juan de Palometilla; ya en el curso del proceso este acto fue tomado en cuenta de modo referencial en la Sentencia, a efecto de la corroboración de las testaciones de cargo y los hechos alegados en la demanda; empero, aclarar que esa conclusión no se ve apoyada únicamente en esa documental, pues en ese cometido se realizó una valoración integral del cuerpo probatorio
- Demandado: Ignacio Julio Justiniano Eguez, y otros
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación deducido por la parte demandada, conforme al memorial de fs
- a) Que el Auto de Vista recurrido confirma todos los errores y vicios procesales, que
- Señala como normas violentadas el art
- Solicitan que la Corte Suprema de Justicia, luego de compulsar los antecedentes, repare los agravios
- De principio corresponde precisar que pese a que el memorial del recurso de fs
- La carga procesal sobre la personería o representación legal de la parte demandada dentro de
- Al ser la nulidad, por así decirlo una anomalía contraria a la sistemática secuencia procesal
- El recurso de casación propone la nulidad de obrados, partiendo del reclamo que la audiencia
- Ahora bien, cumpliendo lo dispuesto en decreto de 8 de julio de 2009 (fs
- Por otra parte, en cuanto la segunda parte del art
- Por lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido se ajusta a las
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
