Auto Supremo AS/0578/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0578/2015

Fecha: 19-Ago-2015

Prosigue expresando que el empleador José Edgar Botello, jamás pagó al demandante un sueldo de

Asimismo el demandante en ningún momento presentó prueba alguna que demuestre que el recurrente pagara un salario mensual de Bs.1.400.-, ni tampoco se demostró la relación laboral; más cuando, el lugar de trabajo es un taller artesanal, dónde el demandante nunca trabajó mes completo, no correspondiendo ninguna vacación.
Prosigue expresando que el empleador José Edgar Botello, jamás pagó al demandante un sueldo de Bs.1400.-, precisamente porque el actor realizaba trabajos esporádicos y eventuales, en razón de sus constantes viajes a Puno en la República del Perú para regularizar obligaciones y familiares; en consecuencia mal podría establecerse que el demandante ganaba esa suma, puesto que no aportó prueba alguna que justifique ese monto, tal cual establece el art. 150 del CPT