POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
Finalmente con referencia a la denuncia del trasgresión del art. 153 del CPT corresponde manifestar que en el caso presente no es evidente que el Tribunal de Alzada haya considerado las literales de fs. 185 a 186 como un contrato de trabajo, además que dicho motivo no fue expresado a momento de interponer el recurso de apelación, por lo que no corresponde ingresar al análisis de dicha denuncia
II.1.4 Bajo esos parámetros se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación de la parte demandante al carecer de sustento legal, corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 267 a 268, interpuesto por Virgilio Cárdenas Alvis. Con costas
II.1.4 Bajo esos parámetros se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación de la parte demandante al carecer de sustento legal, corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 267 a 268, interpuesto por Virgilio Cárdenas Alvis. Con costas
- VISTOS: El recurso de casación o nulidad de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandado, la Sala Social Administrativa de la Corte
- Contra la citada Resolución la parte demandada por medio de memorial corriente de fs
- b) El Tribunal de Alzada transgrede el art
- c) Señala que el Juez de Primera instancia indebidamente otorga validez a las literales de
- d) Finalmente acusa de violación del art
- Concluyó solicitando que previa concesión de su recurso, el Tribunal Superior case el Auto de
- II
- Cabe recordar que, el contrato de trabajo es un contrato de cambio o contraprestación por
- Ahora bien, siendo el trabajo tanto un derecho como un deber, asienta su existencia no
- De la revisión de antecedentes se advierte que el demandante realizó un trabajo efectivo conforme
- Precisar que, en materia procesal en general las nulidades se rigen por tres principios básicos,
- En autos se advierte que, el actor tiene como fecha de nacimiento el 15 de
- Guillermo Cabanellas, define las medidas precautorias como: “El conjunto de disposiciones tendientes a mantener
- En tal sentido, en la especie por Auto de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
