Auto Supremo AS/0602/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0602/2015-L

Fecha: 03-Ago-2015

CONSIDERANDO I:

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en fondo de fs. 193 a 195 de obrados, impugnando el Auto de Vista Nº 306 / 2010 de fecha 23 de septiembre de 2010, pronunciado por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior de Justicia de La Paz, dentro del proceso de Prescripción extintiva o liberatoria seguido a instancia de Teodora Mita Mamani Vda. de Humérez contra Bertha Adriana Castro, la contestación de fs. 197, la concesión de fs. 198, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Teodora Mita Mamani Vda de Humérez interpuso demanda de prescripción extintiva o liberatoria de contrato de préstamo de dinero contra Bertha Adriana Castro argumentando que suscribió un contrato de préstamo de dinero con garantía hipotecaria con la Gestora Comercial “Paris” por el monto de $us. 5.000 con la garantía hipotecaria de un lote de terreno ubicado en la zona de Inca Llojeta debidamente inscrito en Derechos Reales, Manifiesta que desde esa fecha su esposo ha cancelado la suma total de $us. 6950, pagos que su esposo realizaba en forma personal y por lo tanto no cuenta con los recibos, Indica que al presente, desde el 29 de agosto de 1997 han transcurrido más de 9 años, 2 meses y 10 días por lo que a la fecha ha prescrito dicha obligación, razón por la cual al amparo del art. 1507 del Código Civil plantea el presente proceso
Contestada la demanda por Bertha Adriana Castro, responde de manera negativa a la misma indica que los demandados cancelaron intereses hasta el año 2000 y que el año 2006 se inició la demanda ejecutiva por el cobro del monto adeudado y que estos hechos sucedidos en forma posterior al nacimiento de la obligación interrumpen la prescripción de conformidad a lo establecido por el art. 1503 núm. II) del Código Civil y reconviene por daños y perjuicios