Por lo expuesto, este Tribunal de casación emite Resolución en la manera que determina el
Las situaciones fácticas antes descritas y que se encuentran debidamente probadas en el proceso, habiendo el Juez de Primera instancia tomado su decisión en la aplicación rigurosa y literal de la norma contenida en la parte final del artículo 143 del Código de Familia, sin haber realizado una labor de ponderación de las particularidades del caso concreto; sin embargo el Tribunal de Alzada en una correcta apreciación de la norma modifica lo referido en el punto 5) de la Resolución de primera instancia, dejando subsistente la asistencia para la esposa que se encuentra en necesidad y con serios problemas de salud que atraviesa que deben merecer tratamiento adecuado, de los antecedentes se advierte que por las características psicóticas y curso crónico de la enfermedad que presenta la paciente esta requerirá atención psiquiátrica indefinida. Por lo que corresponde mantener la asistencia familiar establecida por el Tribunal de segunda instancia a favor de la demandada, por los motivos antes expuestos.
Por lo expuesto, este Tribunal de casación emite Resolución en la manera que determina el art. 271 num. 1) en relación al art. 272 num. 2) y art. 271 num. 2) en relación al art. 273 del Código Adjetivo de la Materia
Por lo expuesto, este Tribunal de casación emite Resolución en la manera que determina el art. 271 num. 1) en relación al art. 272 num. 2) y art. 271 num. 2) en relación al art. 273 del Código Adjetivo de la Materia
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa resolución de primera instancia, la parte demandada a fs
- Del contenido del Recurso de Casación de Karen Claure Fuentes, se tiene lo siguiente
- Aduce que su sobrina Alejandra Reque Claure, también se encontraría en estado delicado de salud,
- Asimismo, señala que la Sentencia de primera instancia resulta ser injusta al privarla a su
- Por todo lo expuesto, al amparo del art
- Recurso de Casación en el fondo de Rene Gonzalo Reque Campero, se tiene
- Del recurso de Karen Claure Fuentes
- Resultando improcedente el recurso interpuesto por Karen Claure Fuentes
- Del recurso de Rene Gonzalo Reque Campero
- De la formulación del recurso de casación se advierte que el reclamo de fondo del
- Conforme a lo establecido, uno de los principios orientadores de la función jurisdiccional resulta ser
- Conviene precisar que la equidad no supone ir contra ley, juzgarla o modificarla, por el
- En ese contexto, diremos que el Juez, como titular de la función jurisdiccional, no es
- “Esta obligación cesa cuando el cónyuge beneficiario contrae nuevo matrimonio, cuando obtiene medios suficientes de
- Respecto a la pensión de asistencia, el Código recoge como criterio rector la culpa o
- Como vimos, la culpa respecto a la causal de divorcio es un factor que la
- Partiremos diciendo que el matrimonio, por determinación del artículo 63 de la Constitución Política del
- El incumplimiento de esos deberes configura una determinada causal de divorcio, en palabras del autor
- La culpabilidad supone un factor de atribución, de imputabilidad al cónyuge que incurre en una
- Cuando el divorcio se declara por culpa de ambos cónyuges, como sucedió en el caso
- Por lo expuesto, este Tribunal de casación emite Resolución en la manera que determina el
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
