Auto Supremo AS/0607/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0607/2015-L

Fecha: 03-Ago-2015

Por lo expuesto, este Tribunal de casación emite Resolución en la manera que determina el

Las situaciones fácticas antes descritas y que se encuentran debidamente probadas en el proceso, habiendo el Juez de Primera instancia tomado su decisión en la aplicación rigurosa y literal de la norma contenida en la parte final del artículo 143 del Código de Familia, sin haber realizado una labor de ponderación de las particularidades del caso concreto; sin embargo el Tribunal de Alzada en una correcta apreciación de la norma modifica lo referido en el punto 5) de la Resolución de primera instancia, dejando subsistente la asistencia para la esposa que se encuentra en necesidad y con serios problemas de salud que atraviesa que deben merecer tratamiento adecuado, de los antecedentes se advierte que por las características psicóticas y curso crónico de la enfermedad que presenta la paciente esta requerirá atención psiquiátrica indefinida. Por lo que corresponde mantener la asistencia familiar establecida por el Tribunal de segunda instancia a favor de la demandada, por los motivos antes expuestos.
Por lo expuesto, este Tribunal de casación emite Resolución en la manera que determina el art. 271 num. 1) en relación al art. 272 num. 2) y art. 271 num. 2) en relación al art. 273 del Código Adjetivo de la Materia