Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista Nº 122/2010 en fecha 20 de Agosto de 2010, por el cual anula obrados hasta fs. 25 inclusive; contra esta resolución de segunda instancia la entidad demandante interpuso recurso de casación
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- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Sentencia de primera instancia la entidad demandada, dentro el plazo legal interpone recurso
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Menciona también que por su parte el art
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El recurrente manifiesta que el Tribunal Ad quem al haber anulado obrados no valoró que
- Que, el art
- De la lectura del memorial de demanda cursante de fs
- En el caso presente la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Santa Cruz anuló
- De lo anterior se colige que el Tribunal Ad quem adecuó su resolución a los
- Por lo que corresponde emitir resolución en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
