Auto Supremo AS/0635/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0635/2015-L

Fecha: 05-Ago-2015

En la forma

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En observancia del principio “pro actione”, y disgregando los agravios de fondo y de forma interpuestos por la ahora recurrente, damos respuesta de inicio al recurso de casación en la forma, toda vez que de ser evidentes los agravios denunciados, ya no se ingresaría a considerar el recurso de casación en el fondo.
En la forma:
Sobre su denuncia de incongruencia, falta de pertinencia y violación del art. 236 del Código de Procedimiento Civil