Auto Supremo AS/0651/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0651/2015-L

Fecha: 12-Ago-2015

Asimismo manifiesta que en fecha 25 de abril de 1

Asimismo manifiesta que en fecha 25 de abril de 1.999 ambos contratantes hubieran suscrito otro documento, en el cual la compradora en forma expresa y voluntaria indica que la venta del inmueble habría sido irreal y ficticia, reconociendo el derecho propietario de su vendedor Eduardo Chambi Aguilar, ya que el vendedor no transfirió el inmueble ni la compradora cancelo el dinero