Auto Supremo AS/0651/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0651/2015-L

Fecha: 12-Ago-2015

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L

Auto Supremo: 651/2015 - L Sucre: 12 de Agosto 2015 Expediente: SC– 101 – 10 – S Partes: Eduardo Chambi Aguilar y Felicidad Fajardo Miranda c/ Pablo Simón
Fajardo Miranda
Proceso: Nulidad de Contrato por simulación de Venta
Distrito: Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 375 a 377 y vta., interpuesto por Eduardo Chambi Aguilar y Felicidad Fajardo Miranda, contra el Auto de Vista de 18 de febrero de 2010 de fs. 361 a 362, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de nulidad de contrato por simulación, seguido por Eduardo Chambi Aguilar y Felicidad Fajardo Miranda contra Pablo Simón Fajardo Miranda; la respuesta al recurso de fs. 380 a 381; el Auto de concesión de fs. 382; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Eduardo Chambi Aguilar y Felicidad Fajardo Miranda, por memorial de fs. 36 y vta., adjuntado las literales de fs. 1 a 35, interponen en la vía ordinaria nulidad de contrato por simulación de venta en el Juzgado Primero de Partido y Sentencia de Camiri, señalando que en fecha 17 de mayo de 1.999 transfirieron en venta simulada un inmueble situado en la calle Cap. Manchego entre Bolívar y Bush de la ciudad de Camiri en favor de Zenobia García de Fajardo, por la suma de Bs. 20.000, inmueble que se encuentra debidamente registrado en Derechos Reales