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    Auto Supremo AS/0675/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0675/2015-L

    Fecha: 13-Ago-2015

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    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Deducida la apelación por el Gobierno Municipal de La Paz y remitida la misma ante
    • En conocimiento de la determinación de segunda instancia, el Gobierno Municipal de La Paz interpuso
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • Que el Tribunal de Alzada ha violado formas esenciales del proceso, pues no se habría
    • Que existiría una mala valoración de la prueba, pues la Escritura Pública de fs
    • Que para la procedencia de un proceso de usucapión tendrían que concurrir la posesión continua,
    • Que los jueces de instancia habrían incurrido en apreciación indebida de las pruebas, pues no
    • En base a lo expuesto solicita que el Tribunal Supremo dicte Auto Supremo CASANDO el
    • Conforme el art
    • En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
    • El compromiso del juzgador es con la verdad y no con las partes del proceso,
    • Bajo este análisis, se debe señalar que en el caso de Autos de la revisión
    • Consulta elevada por el A quo a efectos de que en este último caso, el
    • En este antecedente, en el caso de Autos se evidencia que emitida la Sentencia Nº
    • Razonamiento que no resulta clara para sustentar o dar a entender porque se confirmó la
    • De lo razonado supra se concluye que además de ser evidente que no se ha
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento a lo previsto
    • Siendo excusable el error, no se impone multa
    • En atención a lo previsto en el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán

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