Auto Supremo AS/0675/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0675/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso

En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso conduzca a decisiones justas, donde la solución de los conflictos, se basa en el establecimiento de la verdad como como única garantía de la armonía social, en este entendido ninguna decisión judicial puede considerarse razonablemente correcta o justa, si se funda sobre una comprobación errónea o parcial de los hechos que hacen al fondo del proceso, la decisión es correcta si se pone fin al conflicto estando fundada sobre criterios legales y racionales, entre los cuales asume importancia esencial la comprobación de la verdad real de los hechos y para lograr esa verdad el Juez por el principio de Verdad Material consagrado en el art. 180 parágrafo I de la C.P.E., está revestido para hacer uso de las facultades necesarias para acceder a los medios de convicción idóneos en la verificación de los hechos afirmados por las partes, esto en función al principio de equidad (art. 180 parágrafo I de la C.P.E.), asumiendo un rol de director activo dentro el proceso, sin que por ello se pueda ver afectada su imparcialidad e independencia