Auto Supremo AS/0695/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0695/2015-L

Fecha: 14-Ago-2015

Segundo: El hecho de que las actoras hayan procedido a especificar en su solicitud el

Segundo: El hecho de que las actoras hayan procedido a especificar en su solicitud el monto de la obligación y el registro de la hipoteca, lo hicieron simplemente a manera de exponer los antecedentes con el fin de acreditar su interés legítimo y proporcionar al Gobierno Municipal los datos precisos para la identificación del gravamen, constituyendo ese aspecto el fundamento en el cual sustentan su solicitud y de ninguna manera puede atribuírseles reconocimiento de la obligación, ya que los memoriales de solicitud que cursan a fs. 25 y 106 dirigidos a dicha Institución no tienen esa finalidad de reconocer la obligación; por el contrario las actoras cuando tomaron conocimiento de la actualización del monto de la obligación realizada por Unidad de Contabilidad del Gobierno Municipal cuya nota cursa a fs. 40, manifestaron su rotundo rechazo a esa determinación conforme se evidencia por la documental de fs. 25 y vta