Auto Supremo AS/0727/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0727/2015

Fecha: 27-Ago-2015

En el caso de Autos, cuando los recurrentes interpusieron la demanda de concurso voluntario de

En el caso de Autos, cuando los recurrentes interpusieron la demanda de concurso voluntario de acreedores (fs. 3 y vta.), conforme a lo dispuesto en el art. 584, con la finalidad de proceder a la cesión de sus bienes para compensar las obligaciones incumplidas a sus acreedores, adjuntaron a su demanda las dos listas juradas a las cuales hace referencia dicha norma, donde consta la nómina de sus acreedores y de sus bienes que ponen a disposición, de las cuales se evidencia que los recurrentes señalaron como acreedores a: Banco Mercantil S.A., Marcelo Montero Calizaya y Virginia Cortez Gutiérrez, Ernesto Murillo Salvatierra, Carmen de Gutiérrez, Banco de la Unión, Sonia Rossel de Camargo, Wilfredo Calizaya, Cristina de Lizarazu y Fernando Calderón. De esta manera el Juez A quo dispuso la citación de todos esos acreedores tal como consta en obrados, donde a fs. 5 se evidencia la citación de forma personal a Virginia Cortez Gutiérrez y Marcelo Montero Calizaya, a fs. 7 y vta., se tiene la citación personal a Ernesto Murillo Salvatierra, al Banco Mercantil S.A. y a Cristina de Lizarazu, a fs. 178 vta., cursa la citación personal de Carmen de Gutiérrez, a fs. 550 cursa la citación personal a Wilfredo Calisaya, a fs. 555 se advierte la citación mediante cédula de Fernando Calderón y finalmente a fs. 558 consta la citación mediante cedula, como también mediante edictos fs. 564, 568 a 570, de Sonia Rossel de Camargo