CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis, es preciso
Por otro lado citando el inc. 1 del mismo artículo, refirió que el tribunal incurrió en violación del art. 128 del Código Procesal del Trabajo, que establece el plazo para la oposición de las excepciones previas, empero el art. 129 señala que la contestación al traslado dispuesto con la misma se hará dentro del tercer día y por tanto se hizo dentro de dicho plazo, habiendo interpuesto excepción previa de impersonería dentro del plazo legal, antes de contestar la demanda, por tanto señalar que ese medio de defensa estaba fuera de plazo legal, es un acto injusto e ilegal, porque contradice al Auto Supremo Nº 371 de 28 de agosto de 2008 que refiere que las excepciones previas pueden ser opuestas aún en el mismo memorial pero antes de efectuar la contestación a la demanda.
Concluyó solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, emita auto supremo casando en el fondo totalmente el auto de vista y declare improbada la demanda.
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis, es preciso realizar las siguientes consideraciones de orden legal:
En principio, cabe señalar que según la amplia jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo de Justicia constituido en tribunal de casación; el recurso de casación, se equipara a una nueva demanda de puro derecho, en ese sentido debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Código de Procedimiento Civil, debiendo fundamentarse por separado de manera precisa, clara y concreta las causas que motivan la casación ya sea en la forma, en el fondo o en ambos, no siendo suficiente, la cita de normas legales, ni hacer relatos intrascendentes, sin establecer de manera precisa las disposiciones legales infringidas, demostrando en qué consiste la infracción que se acusa y es reclamada, cómo se incurrió en ella y cuál la probable solución a la misma
Concluyó solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, emita auto supremo casando en el fondo totalmente el auto de vista y declare improbada la demanda.
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis, es preciso realizar las siguientes consideraciones de orden legal:
En principio, cabe señalar que según la amplia jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo de Justicia constituido en tribunal de casación; el recurso de casación, se equipara a una nueva demanda de puro derecho, en ese sentido debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Código de Procedimiento Civil, debiendo fundamentarse por separado de manera precisa, clara y concreta las causas que motivan la casación ya sea en la forma, en el fondo o en ambos, no siendo suficiente, la cita de normas legales, ni hacer relatos intrascendentes, sin establecer de manera precisa las disposiciones legales infringidas, demostrando en qué consiste la infracción que se acusa y es reclamada, cómo se incurrió en ella y cuál la probable solución a la misma
- Auto Supremo Nº 237/2015-L
- Expediente: TJA. 17/2011
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- En cambio el recurso de casación en la forma, tiene como finalidad anular determinadas
- En cuanto a la denuncia de que el tribunal ad quem incurrió en error de
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
