CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Primero de Partido del Trabajo y
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 66 a 68, interpuesto por Jose Luis Irahola Paz, contra el Auto de Vista Nº 196/2010 de 4 de Octubre de 2010 (fs. 62 a 63), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social de cobro de beneficios sociales, que se tramita en liquidación, seguido por Rafael Oscar Puente Cáceres, contra José Luis Irahola Paz, el auto que concedió el recurso de fs.71., los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió Sentencia el 13 de octubre de 2008 (fs. 43 a 46), declarando probada en parte la demanda de fs. 4 a 5, en lo que corresponde al pago de los beneficios sociales de indemnización, desahucio y salario adeudado de un mes e improbada en los demás puntos demandados, conminando en consecuencia a José Luis Irahola Paz, pagar a Rafael Oscar Puente Cáceres dentro de tercero día de ejecutoriada esta Sentencia bajo conminatoria de ley el monto total de Bs. 4.090.- (Cuatro Mil Noventa 00/100 Bolivianos)
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 66 a 68, interpuesto por Jose Luis Irahola Paz, contra el Auto de Vista Nº 196/2010 de 4 de Octubre de 2010 (fs. 62 a 63), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social de cobro de beneficios sociales, que se tramita en liquidación, seguido por Rafael Oscar Puente Cáceres, contra José Luis Irahola Paz, el auto que concedió el recurso de fs.71., los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió Sentencia el 13 de octubre de 2008 (fs. 43 a 46), declarando probada en parte la demanda de fs. 4 a 5, en lo que corresponde al pago de los beneficios sociales de indemnización, desahucio y salario adeudado de un mes e improbada en los demás puntos demandados, conminando en consecuencia a José Luis Irahola Paz, pagar a Rafael Oscar Puente Cáceres dentro de tercero día de ejecutoriada esta Sentencia bajo conminatoria de ley el monto total de Bs. 4.090.- (Cuatro Mil Noventa 00/100 Bolivianos)
- Auto Supremo Nº 241/2015-L
- Expediente: CBBA. 25/2011
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Primero de Partido del Trabajo y
- En grado de apelación, deducido por la parte demandada de fs
- Que, contra el referido auto de vista, José Luis Irahola Paz, interpone recurso de casación
- En el recurso de casación en el fondo, argumenta los siguientes hechos
- Concluye solicitando que se anule obrados hasta dictar nueva sentencia concretamente hasta fs
- Que, en el caso de autos, con relación a lo expresado por recurrente que
- De ahí que, la denuncia formulada en sentido de que la a quo se apartó
- En cuanto a la impetrada nulidad, se concluye que no existe fundamento convincente para que
- Así mismo de la revisión de la resolución impugnada, contrariamente se advierte que la misma
- Sobre la casación en el fondo, se puede establecer los siguientes hechos
- Para resolver el error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba,
- Conviene aclarar que en materia laboral no tiene mayor incidencia la tarifa legal de la
- Por su parte, el error de hecho constituye una operación racional fallida sobre, el contenido
- Así mismo es menester indicar que el recurrente planteo el mismo reclamo tanto en el
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista recurrido se ajusta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
