Auto Supremo AS/0241/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0241/2015-L

Fecha: 18-Sep-2015

En cuanto a la impetrada nulidad, se concluye que no existe fundamento convincente para que

En cuanto a la impetrada nulidad, se concluye que no existe fundamento convincente para que la misma opere, merced a que para la procedencia de la nulidad deben concurrir algunos principios que deben ser observados por el juzgador, estos son, los principios de especificidad, trascendencia y protección