Auto Supremo AS/0578/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0578/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni


Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni con la mera referencia de vulneración al debido proceso y legalidad como se observa en el caso presente, pues a efectos de ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, la recurrente tiene la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite III de esta Resolución, mismos que fueron omitidos, pues a más de reiterar de forma sucinta los hechos acusados, se advierte que la impugnante no precisa de modo alguno si las falencias anotadas constituyen defecto no susceptible de convalidación, expresando cuál el resultado dañoso emergente, derivando en que el recurso resulte inadmisible, aún acudiendo a los criterios de flexibilización