Auto Supremo AS/0589/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0589/2015-RA

Fecha: 11-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollado la audiencia del juicio oral y público, el Tribunal de Sentencia de Camiri, por Sentencia 4/2013 de 2 de octubre (fs. 1419 a 1423), declaró a Reynerio León Tórrez, culpable del delito de Robo Agravado, tipificado por el art. 332 del CP, condenándole a sufrir la pena de seis (6) años y siete (7) meses de reclusión, absolviéndole por el delito de Asociación Delictuosa, previsto y sancionado por el art. 132 del CP; asimismo, declaró a Julio Cesar Jiménez Ortíz, absuelto de culpa y pena de los delitos de Complicidad en Robo Agravado y Asociación Delictuosa, con costas.

b) Contra la mencionada Sentencia, el representante de YPFB y el acusado Reynerio León Torrez, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 1430 a 1443 y 1445 a 1449), respectivamente, resueltos por el Auto de Vista 37 de 7 de abril de 2014, que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 86/2015-RRC de 06 de febrero; en cuya virtud, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 91 de 8 de abril de 2015, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado por la parte querellante; y, admisible y procedente el recurso planteado por Reynerio León Tórrez, por lo que, anuló parcialmente la Sentencia apelada, solo respecto a la condena de Reynerio León Torrez, disponiendo el reenvío del proceso ante otro Tribunal llamado por ley.

c) El 25 de mayo de 2015 (fs. 1578), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, y el 1 de junio del mismo año, interpuso recurso de casación