El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación
I.2. Motivos del recurso de casación
El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación de fs. 74 a 75, que en lo esencial de su contenido se extrae como motivos del mismo, lo siguiente:
Que, el Tribunal de alzada otorgó el pago de supuestos salarios devengados, pero si bien el actor presentó la respectiva demanda laboral el 9 de noviembre de 2000, es decir, tres días antes al plazo establecido para el instituto de la prescripción, interrumpiendo la prescripción de sus salarios devengados, pero abandonó el proceso por casi 8 años, por lo que volvió a iniciarse el término de la prescripción a partir de la fecha de presentación de la demanda, volviendo a operar la prescripción hasta el 9 de noviembre de 2002, es decir, a los dos años de presentación con la demanda laboral porque lo contrario significaría que incluso por malicia cualquier trabajador presentaría una demanda para interrumpir la prescripción y el empleador no pueda defenderse, estando indefinidamente en el tiempo a los caprichos del trabajador para realizar el cobro de los beneficios sociales
El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación de fs. 74 a 75, que en lo esencial de su contenido se extrae como motivos del mismo, lo siguiente:
Que, el Tribunal de alzada otorgó el pago de supuestos salarios devengados, pero si bien el actor presentó la respectiva demanda laboral el 9 de noviembre de 2000, es decir, tres días antes al plazo establecido para el instituto de la prescripción, interrumpiendo la prescripción de sus salarios devengados, pero abandonó el proceso por casi 8 años, por lo que volvió a iniciarse el término de la prescripción a partir de la fecha de presentación de la demanda, volviendo a operar la prescripción hasta el 9 de noviembre de 2002, es decir, a los dos años de presentación con la demanda laboral porque lo contrario significaría que incluso por malicia cualquier trabajador presentaría una demanda para interrumpir la prescripción y el empleador no pueda defenderse, estando indefinidamente en el tiempo a los caprichos del trabajador para realizar el cobro de los beneficios sociales
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, y
- 1
- 3
- A estos agravios, el Tribunal ad quem en virtud de lo dispuesto en el art
- Ahora bien, el recurrente nos trae a casación aspectos que no fueron objeto de apelación,
- En tal razón, no habiendo expuesto el Club recurrente como agravio en el ordinario de
- Al respecto, según la doctrina el proceso es concebido como la secuencia de actos que
- Ahora bien, efectivamente el proceso se desenvuelve en instancias o etapas, de modo que los
- En el marco de lo precedentemente expuesto, es necesario mencionar que la vulneración alegada por
- Asimismo, se debe tener presente que conforme al art
- Por su parte el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contencioso Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
