Auto Supremo AS/0595/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2015

Fecha: 08-Sep-2015

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contencioso Adm

Bajo estos parámetros se concluye que al no haber sido materia del recurso de apelación todos los ítems traídos en casación, corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en el art. 272.1) del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contencioso Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 74 a 75, interpuesto por Juan Jordán Rodríguez, en representación legal de Sergio Asbun Yacir presidente de Club The Strongest. Con costas