En el caso de autos, se establece que el 22 de mayo de 2014, la
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se establece que el 22 de mayo de 2014, la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado y el 29 del mismo mes y año, formuló recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 29 de mayo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Arguye, que “Auto de Vista N 13/2014 revaloriza prueba, lo que constituye un defecto
- 3) Aduce, que ”El Auto de Vista no se pronuncia respecto al Voto Disidente
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida,
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 22 de mayo de 2014, la
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, la recurrente en el primer
- En cuanto al segundo motivo, concerniente a que el Tribunal de apelación hubiera incurrido en
- En relación al tercer motivo, denunció falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado,
- Por otro lado, se hizo igualmente alusión a presuntas vulneraciones de derechos fundamentales como el
- En consecuencia y por las falencias advertidas, el recurso de casación no cumple con los
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
