En relación al tercer motivo, denunció falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado,
En relación al tercer motivo, denunció falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado, porque no se pronunció en forma individualizada con argumentos jurídicos y sólidos, a todos los puntos alegados en el recurso de apelación restringida, incurriendo en incongruencia omisiva que vulnera el debido proceso, derecho de recurrir y tutela judicial efectiva. Que la fiscalía alegó en recurso de apelación restringida el punto referido a la mala tipificación del art. 55 de la Ley 1008, cuando la imputación fue por el art. 48 inc. m) de la Ley 1008; que no existe congruencia porque se acusó por Tráfico y se condena por Transporte de Sustancias Controladas por la que no asumió defensa y en la parte dispositiva de la Sentencia declarar la autoría por Tráfico con el tipo penal de Transporte de Sustancias Controladas, y que en definitiva existe falta de fundamentación que deja en la incertidumbre a las partes. El planteamiento referido, no proporciona una problemática precisa para su análisis, primando la confusa y genérica alusión de aspectos que concentran en falta de fundamentación; asimismo, no se invocó ningún precedente contradictorio, por ende no se existe ninguna explicación de situación contradictoria
- Por memorial presentado el 29 de mayo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Arguye, que “Auto de Vista N 13/2014 revaloriza prueba, lo que constituye un defecto
- 3) Aduce, que ”El Auto de Vista no se pronuncia respecto al Voto Disidente
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida,
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 22 de mayo de 2014, la
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, la recurrente en el primer
- En cuanto al segundo motivo, concerniente a que el Tribunal de apelación hubiera incurrido en
- En relación al tercer motivo, denunció falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado,
- Por otro lado, se hizo igualmente alusión a presuntas vulneraciones de derechos fundamentales como el
- En consecuencia y por las falencias advertidas, el recurso de casación no cumple con los
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
