b) Contra la mencionada Sentencia (fs
b) Contra la mencionada Sentencia (fs. 111 a 118), los imputados José Carlos Gonzales Madrid y Luis Fernando Mercado Martínez formularon recursos de apelación restringida (fs. 144 a 147 vta. y 149 a 150 vta.), siendo resueltos por Auto de Vista 106/2011 de 15 de abril, emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, que declaró improcedentes los citados recursos y en consecuencia confirmó la Sentencia
- Por memorial presentado el 14 de junio de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia (fs
- c) El 11 de junio de 2011 (fs
- De la revisión del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
- 2) Reitera que la declaración del otro acusado manifiesta reconoce la autoría del delito de
- 3) Menciona el principio de in dubio pro reo, señalando que debía considerarse este principio
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo cinco
- Con relación a los demás requisitos, como primer motivo, la parte recurrente esencialmente denuncia que
- Similar situación ocurre con los motivos segundo y tercero, en los que denuncia falta de
- Corresponde señalar que si bien el recurrente, en los tres motivos de casación descritos ut
- De lo expuesto precedentemente se establece que la impugnación casacional en examen no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
