Auto Supremo AS/0616/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0616/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

Corresponde señalar que si bien el recurrente, en los tres motivos de casación descritos ut


Corresponde señalar que si bien el recurrente, en los tres motivos de casación descritos ut supra, hace referencia a la vulneración de sus derechos constitucionales de presunción de inocencia, imparcialidad, igualdad, in dubio pro reo y debido proceso, y también es evidente que este Tribunal estableció presupuestos de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permiten abrir excepcionalmente su competencia; empero, ello sólo es posible a condición del cumplimiento de ciertos presupuestos; es decir, no basta que el recurrente se limite a formular una simple denuncia o enunciación de vulneración de derechos; por el contrario, tiene el deber, no sólo de proveer los hechos generadores de los supuestos agravios, sino además detallar con precisión en qué consistente la restricción o disminución de cada derecho o garantía que se considera soslayado, explicando el resultado dañoso emergente del defecto; en el caso concreto, estos presupuestos no fueron cumplidos a cabalidad por el recurrente; pues su argumento se limitó a la enunciación de diferentes derechos de manera generalizada y defectos de Sentencia, consecuentemente, tampoco es posible admitir el presente recurso acudiendo a los presupuestos de flexibilización