En este contexto, el art
En este contexto, el art. 416 del Código de Procedimiento Penal (CPP), establece que el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista, dictados por las Cortes Superiores de Justicia (actualmente Tribunales Departamentales), que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de Tribunales análogos o del máximo Tribunal de Justicia en la materia; entendiéndose que existe contradicción cuando en una situación de hecho similar, el sentido jurídico que se asigna al Auto de Vista impugnado no coincida con el o los precedentes invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; pues debe tenerse presente, que en el actual régimen de recursos establecido por el Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación dada su función nomofiláctica, tiene como atribución, que este órgano desarrolle la tarea de unificar la jurisprudencia, a fin de garantizar la aplicación correcta y uniforme de la ley penal, por razones de seguridad jurídica y respecto al derecho a la igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la norma procesal y material será efectivamente aplicada por igual
- Por memorial presentado el 8 de agosto de 2011, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, tanto los acusadores particulares como los imputados, interpusieron recursos de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- si el Tribunal de alzada reconoció que el Juez de sentencia nunca hizo reconocimiento expreso
- 4)Denuncian la vulneración de los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- señalando que el incumplimiento de dichos requisitos determinará la declaración de inadmisibilidad del recurso
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En lo referente al cuarto motivo, denuncian la vulneración del principio de presunción de inocencia,
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
