SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
En el motivo en análisis, denuncian la vulneración del principio de presunción de inocencia; sin embargo, no refieren con precisión en qué consistente la restricción o disminución del referido principio, menos explican el resultado dañoso emergente de la presunta vulneración; asimismo, resulta contradictorio por cuanto
concluyen que el Tribunal de Alzada no restableció los derechos y garantías consagrados en la CPE, constituyendo defecto absoluto a tenor del art. 370 inc. 1) del CPP, relativo a errónea aplicación de la ley sustantiva; es decir, cuestionan que el Auto de Vista recurrido, hubiese incurrido en defecto de Sentencia. Finalmente, invocan el Auto supremo 257 de 1 de agosto de 2006, sin expresar cuál sería la contradicción existente con el Auto de Vista impugnado, ya que simplemente señalan que es contrario porque el Juez de Sentencia concluyó que las pruebas de cargo están basadas en observancia del art. 6 del CPP; en consecuencia, el incumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP, impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo del presente motivo.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Andrés Romero Melendres, Francisca, Vicente y Lidia de apellidos Murmerez Caba, para el análisis de fondo únicamente del primer motivo identificado en el acápite II.1) de la presente Resolución. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas: el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Firmado
Magistrada Presidenta Dra. Maritza Suntura Juaniquina
Magistrada Dra. Norka N. Mercado Guzmán
Secretario de Sala Cristhian G. Miranda Dávalos
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- Por memorial presentado el 8 de agosto de 2011, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, tanto los acusadores particulares como los imputados, interpusieron recursos de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- si el Tribunal de alzada reconoció que el Juez de sentencia nunca hizo reconocimiento expreso
- 4)Denuncian la vulneración de los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- señalando que el incumplimiento de dichos requisitos determinará la declaración de inadmisibilidad del recurso
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En lo referente al cuarto motivo, denuncian la vulneración del principio de presunción de inocencia,
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