Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs
I.1.2. Auto de Vista
Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs.71 a 72 vta.), mediante Auto de Vista N° 468 de 28 de octubre de 2009 (fs.121 a 122), la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, confirmó la Sentencia N° 95 de 19 de diciembre de 2008 de fs. 55 a 59. Con costas
Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs.71 a 72 vta.), mediante Auto de Vista N° 468 de 28 de octubre de 2009 (fs.121 a 122), la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, confirmó la Sentencia N° 95 de 19 de diciembre de 2008 de fs. 55 a 59. Con costas
- Demandada: Empresa I.M.E. CAMPOVERDE S.R.L
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Pruebas que al no ser valoradas adecuadamente porque fueron omitidas, acarrea una incorrecta valoración de
- Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido y
- Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del
- Sobre la denuncia de errónea valoración de la prueba que cursa a fs
- Por lo anotado, éste Tribunal de casación considera correcta la aplicación de los sustantivos y
- Por otra parte, el reclamo también aborda la errónea valoración probatoria de las literales salientes
- En consecuencia, los argumentos expuestos en el recurso de casación resultan infundados, tomando en cuenta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del abogado del demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
