Por lo anotado, éste Tribunal de casación considera correcta la aplicación de los sustantivos y
Por lo anotado, éste Tribunal de casación considera correcta la aplicación de los sustantivos y adjetivos laborales al caso concreto, y con mayor precisión para el punto, a los adjetivos comprendidos en los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT, puesto que no es suficiente la literal de fs. 22 para demostrar el posible abandono de funciones en que hubiere incurrido el trabajador a su fuente laboral, conforme sostiene la parte recurrente; pues resulta más lógica la afirmación hecha por la parte demandante, en sentido que el viernes 21 de diciembre de 2007 a las seis de la tarde se le despidió de su fuente laboral y el día lunes 25 del mismo mes y año, haya representado ante la Jefatura Departamental de Trabajo tal acontecimiento de hecho; de modo que se concluye no ser evidente una errónea valoración de hecho en la literal que cursa a fs. 22 de obrados, como incorrectamente demanda la parte recurrente en casación
- Demandada: Empresa I.M.E. CAMPOVERDE S.R.L
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Pruebas que al no ser valoradas adecuadamente porque fueron omitidas, acarrea una incorrecta valoración de
- Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido y
- Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del
- Sobre la denuncia de errónea valoración de la prueba que cursa a fs
- Por lo anotado, éste Tribunal de casación considera correcta la aplicación de los sustantivos y
- Por otra parte, el reclamo también aborda la errónea valoración probatoria de las literales salientes
- En consecuencia, los argumentos expuestos en el recurso de casación resultan infundados, tomando en cuenta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del abogado del demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
