b) Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público (fs. 167 a 173), Agustín Sánchez Pinedo y Simón Pinedo Martínez (fs. 176 a 183), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por el Auto de Vista 16/2011 de 18 de julio (fs. 203 a 207), pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, que declaró procedente los recursos y anuló totalmente la Sentencia, disponiendo el reenvío del proceso al Tribunal más próximo
- Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- d) Sostienen que en cuanto al segundo motivo del recurso de alzada interpuesto por
- Finalmente, en cuanto a la afirmación realizada por el Tribunal de alzada respecto a que
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida,
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
- En cuanto a los demás requisitos señalados en la normativa legal precitada concordante con el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
