Manifiesta interponer el recurso de casación en la forma por la falta de pronunciamiento del
Que las contradicciones de contrario no acaban allí porque es el propio demandante que adjunta facturas N° 0071 y N° 0072 de fecha 5 de noviembre de 2008 y 4 de noviembre de 2008 ver fs. 20, en las que figura como propietario transportista de cemento con su camión y tenía como chofer a Vicente Toro y si dice que vendió su camión en noviembre del 2008 como figura transportando y como propietario el en noviembre y diciembre del 2008, es así que se tiene probado que entre ambos existió una relación laboral en el marco de lo establecido por el art. 2 del DS N° en concordancia con el art. 1 de la LGT, esas actuaciones ilegales e injustas del Auto de Vista como de la Sentencia agravian sus derechos y la correcta administración de justicia que debe ser subsanado por el Tribunal Supremo de Justicia.
I.2.2. En la forma
Manifiesta interponer el recurso de casación en la forma por la falta de pronunciamiento del Auto de Vista sobre alguna pretensión deducida en el proceso y reclamada oportunamente ante los tribunales inferiores conforme establece el numeral 4 del art. 254 del CPC, en concordancia con el art. 236 del CPC es decir que el Tribunal de Apelación debió pronunciarse sobre todos los agravios a los que se refiere el art. 227 del CPC
I.2.2. En la forma
Manifiesta interponer el recurso de casación en la forma por la falta de pronunciamiento del Auto de Vista sobre alguna pretensión deducida en el proceso y reclamada oportunamente ante los tribunales inferiores conforme establece el numeral 4 del art. 254 del CPC, en concordancia con el art. 236 del CPC es decir que el Tribunal de Apelación debió pronunciarse sobre todos los agravios a los que se refiere el art. 227 del CPC
- CONSIDERANDO I
- La resolución de segunda instancia, motivó que Vladimir Uriona Guzmán en representación legal de Vicente
- En el recurso de casación en el fondo acusa que el Auto de Vista ha
- Acusa la violación de los arts
- Cuando fuere retirado el trabajador por causa ajena a su voluntad el patrono estará obligado
- Acusa error de Hecho y derecho en la apreciación de la prueba para ello se
- Manifiesta interponer el recurso de casación en la forma por la falta de pronunciamiento del
- Planteado el recurso, por metodología corresponde analizar primero las denuncias efectuadas en el recurso de
- En mérito al principio de legalidad o especificidad, la nulidad se sanciona solo en los
- En virtud al principio de trascendencia no existe nulidad sin perjuicio (pas de
- En atención al principio de protección no se puede alegar la propia torpeza como fundamento
- Además de los señalados principios, también se rige por el principio de finalidad de las
- En lo que atañe al fallo de segunda instancia, la congruencia implica la estricta correspondencia
- El art
- El recurso de apelación es considerado como el más importante y usual de los recursos
- Con esa facultad, ingresando a la revisión de los actuados procesales, más concretamente en lo
- Asimismo no efectúa una relación entre lo resuelto en primera instancia y lo denunciado en
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución en la forma prevista en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Siendo excusable el error en que ha incurrido el Tribunal ad-quem, no se impone multas
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
