Auto Supremo AS/0673/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0673/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Dicha Resolución, fue recurrida en apelación por la Empresa demandada (fs

I.1.2. Auto de Vista
Dicha Resolución, fue recurrida en apelación por la Empresa demandada (fs. 85 a 86), mereciendo el Auto de Vista Nº 108/2011 de 16 de mayo (fs. 107 a 110), por el cual la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba, resolvió confirmar la Sentencia apelada, modificando en el sentido que debe excluirse de la liquidación efectuada a favor del actor, los salarios devengados de enero a junio del 2006, y de noviembre de 2006 a marzo de 2007, manteniendo únicamente el pago correspondiente de 8 días de abril a diciembre de 2007; excluyendo también, las duodécimas de aguinaldo de los meses de enero a marzo de 2007, manteniendo las que corresponden de abril a diciembre de 2007; manteniéndose las que corresponden a 9 días de la gestión 2007, descontando también la suma de Bs.506.683,92.- que se estableció por concepto de indemnización en el proceso de la Federación, todo esto conforme al detalle que se tiene en el mismo Auto de Vista. Sin costas por las modificaciones