Sostiene que las literales de fs
Sostiene que las literales de fs. 25 a 30 y 70 a 74, no fueron consideradas por los Tribunales de instancia, pese a que se hallan dentro de las disposiciones legales contendías en el primer acápite de los arts. 151, 154 y 159 del Código Procesal del Trabajo (CPT) y que fueron reconocidos tácitamente por el actor, debiendo haber apreciado estos documentos por analogía, del art. 165 del CPT
- La resolución de segunda instancia, motivó que Noemí Guzmán Molina mediante memorial de fs
- Si bien aquella literal expresa como motivo de renuncia retrasos en el pago de haberes,
- b)Manifiesta que la Juez, al dictar la Sentencia y el Tribunal de Alzada al confirmar
- Sostiene que las literales de fs
- También alega error de derecho en la apreciación de las pruebas, en sentido que las
- La recurrente califica de incorrecta a conclusión de las instancias precedentes, sobre la forma del
- Conforme a estos parámetros, efectivamente la no cancelación de los sueldos del trabajador configura la
- ii
- Lo anotado precedentemente, permite concluir a este Tribunal casacional que los Tribunales de instancia al
- Otra de las temáticas propuestas por el recurso de casación se refiere a error de
- Situación especial, es la que atañe al proceso laboral, pues por su naturaleza de ejercer
- b)Ahora bien, en lo que toca a las testaciones de fs
- Finalmente, la Sala considera pertinente señalar que el principio de inversión de la prueba, por
- Por consiguiente corresponde resolver el mismo conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario profesional del abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
