Auto Supremo AS/0697/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0697/2015-RRC-L

Fecha: 21-Sep-2015

1) Alega el recurrente que el Auto de Vista 31/2001 de 26 de


1) Alega el recurrente que el Auto de Vista 31/2001 de 26 de abril, incurrió en defecto absoluto, puesto que no obstante de haberse remitido en grado de apelación restringida las Sentencias 11/2008 de 15 de marzo, dictada contra Santusa Arminda Alejo Mamani, René Anti Huanca y Adrián Mamani Quispe; y, la 14/2008 de 11 de abril, emitida contra Gregorio Huanca Condori y Florencio Alejo Laruta; la Sala Penal Segunda resolvió solamente una sola de ellas, sin atender la impugnación contra la Sentencia 11/2008 de 15 de marzo; resultando el Auto de Vista cuestionado, incompleto, carente de fundamentación e incongruente, violentando los derechos del recurrente a la seguridad jurídica, a la legalidad, a la petición y al debido proceso