Auto Supremo AS/0697/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0697/2015-RRC-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la Sentencia 11/2008


El Juez Segundo de Sentencia de El Alto, dictó la Sentencia 11/2008 de 15 de marzo, declaró a Santusa Arminda Alejo Mamani, René Anti Huanca y Adrián Mamani Quispe, autores y culpables del delito de Despojo, tipificado en el art. 351 del CP, sancionándoles con la pena de tres años y seis meses de reclusión, más pago de daños y perjuicios y costas al Estado; así como la Sentencia 14/2008 de 11 de abril, emitida contra Gregorio Huanca Condori y Florencio Alejo Laruta, luego que purgaron su rebeldía y se llevó a cabo la audiencia de juicio oral respecto de ellos, declarándolos autores y culpables del delito de Despojo, condenándoles con sanción de tres años y seis meses de reclusión, más el pago de daños y perjuicios y costas al Estado; de acuerdo a los siguientes fundamentos:

De la Sentencia 11/2008:

Las pruebas de cargo presentadas por Marcelino Aliaga Limachi llegan a generar suficiente convicción respecto a la certeza y certidumbre de los hechos acusados, permitiendo servir de presupuesto fáctico para establecer la responsabilidad penal de los acusados al haber precedido a invadir el inmueble de propiedad del querellante y expulsar a su poseedor Marcelino Narciso Aliaga Limachi con fuerza.

Es de importancia fáctica señalar que los testigos de cargo Hugo Lazarte Gonzáles y Sixto Huarca Ramos, reconocieron en audiencia pública de juicio oral a los acusados presentes en la misma, como autores de los hechos de violencia del 19 de noviembre de 2006, no existiendo duda razonable alguna sobre su identificación y participación