Auto Supremo AS/0703/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0703/2015-RRC-L

Fecha: 30-Sep-2015

En este sentido, se constata que el legislador ha establecido que la suspensión del juicio


En este sentido, se constata que el legislador ha establecido que la suspensión del juicio oral no puede ser mayor a los diez días calendario; por lo que, el Juez o Tribunal tienen la obligación de garantizar en todo momento, el principio de continuidad asegurando la celeridad del juicio en el marco del debido proceso