Por memorial presentado el 23 de octubre de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 703/2015-RRC-L
Sucre, 30 de septiembre de 2015
Expediente : La Paz 153/2010
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Manuel Antuña Morales
Delitos : Hurto y otro
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de octubre de 2010, cursante de fs. 575 a 577 vta., Manuel Antuña Morales, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 72/2010 de 21 de septiembre de fs. 570 a 572 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Kostic Prieto contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Hurto y Allanamiento de domicilio o sus Dependencias, previstos y sancionados por los arts. 326 y 298 del Código Penal (CP), respetivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 703/2015-RRC-L
Sucre, 30 de septiembre de 2015
Expediente : La Paz 153/2010
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Manuel Antuña Morales
Delitos : Hurto y otro
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de octubre de 2010, cursante de fs. 575 a 577 vta., Manuel Antuña Morales, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 72/2010 de 21 de septiembre de fs. 570 a 572 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Kostic Prieto contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Hurto y Allanamiento de domicilio o sus Dependencias, previstos y sancionados por los arts. 326 y 298 del Código Penal (CP), respetivamente
- Por memorial presentado el 23 de octubre de 2010, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 004/2010 de
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 403/2015-RA-L de 04 de agosto
- El recurrente denuncia, que la anulación de la Sentencia con el argumento de que se
- Luego de señalar que mediante el presente recurso, se denuncia violación al principio al derecho
- Conforme ya se mencionó, el presente recurso se admitió mediante Auto Supremo 403/2015-RA-L de 04
- II.1. De la Sentencia
- Concluido el juicio oral, el Juez Quinto de Sentencia de la entonces Corte Superior del
- Hechos no probados: 1) No se probó que el acusado hubiere procedido al hurto como
- II.2. Del recurso de apelación restringida de la querellante
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia y asegurar la vigencia
- III.1. El principio de continuidad
- El Auto Supremo 215/2015 RRC-L de 11 de mayo de 2015, señalo: “El art
- Así, el plazo de la suspensión no podrá ser mayor a los diez días calendario,
- En este sentido, se constata que el legislador ha establecido que la suspensión del juicio
- Conviene establecer que el juicio oral, destinado a la comprobación del delito y la responsabilidad
- III.1.2. La jurisprudencia sobre el principio de continuidad y los cambios doctrinales sobre la materia
- Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007 que sobre el
- Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
- Así, no es concebible que la autoridad jurisdiccional ignore estos presupuestos y deje de ejercitar
- “Ahora bien, no obstante lo establecido en la legislación, la entonces Corte Suprema de Justicia,
- Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
- Finalmente, como corolario de todo lo desarrollado, corresponde referirse al razonamiento expresado en el Auto
- Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
- Asimismo, las partes no deben quedar en pasividad ante una transgresión de la norma debido
- Bajo este marco, el referido AS 773/2014-RRC, concluye que: “…es obligación de los jueces y
- Consiguientemente, tenemos que la jurisprudencia que antecede, se encuentra plenamente vigente; y en el marco
- III.2. Análisis del caso concreto
- El Auto de Vista impugnado vía casación, anula la Sentencia simplemente por la inobservancia de
- Consiguientemente, se evidencia que el Auto de Vista 72/2010, sustentó su decisión de anular la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
