Auto Supremo AS/0739/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0739/2015

Fecha: 02-Sep-2015

Ahora en el caso sub lite, ante la eventualidad de la pretensión de nulidad de

Ahora en el caso sub lite, ante la eventualidad de la pretensión de nulidad de la E.P. Nº 527/2009, el demandado Rudy Caya Monasterio podía solicitar la integración a la litis del representante legal de “BOLITAL” LTDA (garante de evicción), empero al no haber optado la misma ha asumido que la litis se lleve sin la presencia de su vendedor, consiguientemente la misma no podía ser confundida con el litisconsorte necesario, siendo la misma un litisconsorcio facultativo, a petición del demandado, por lo que corresponde corregir el error incurrido por el Ad quem, por lo que se advierte infracción de los arts. 194 y 67 del Código de Procedimiento Civil, al haberse dispuesto la nulidad de obrados, que corresponde ser enmendada