Antes de considerar el vicio corresponde reflejar la pretensión del caso de Autos, por el
Antes de considerar el vicio corresponde reflejar la pretensión del caso de Autos, por el que Mercedes Pereira Iriarte, refiere que Empresa Forestal y Agrícola “BOLITAL” LTDA. representado por Giovanni Giordano Tolosano (fallecido) hubiera transferido un bien inmueble ubicado en la Av. Placido Méndez, en favor de Erwin Caya Cortez, mediante documento de 7 de enero de 1991 confirmada o ratificada mediante documento de 28 de octubre de 1998; luego de ello Erwin Caya Cortez transfirió el mencionado inmueble en favor de Mercedes Pereira Iriarte mediante documento de 7 de febrero de 2000, documentos que no fueron registrados en Derechos Reales, posteriormente ante el deceso de Erwin Caya Cortez, los hijos de éste hubieran solicitado al actual representante de “BOLITAL” LTDA. (Sandro Stefano Giordano García) que les firme una nueva minuta de transferencia, que fue efectuada en favor de Rudy Caya Monasterio (sucesor de Erwin Caya Cortez) y constituida mediante E.P. Nº 527, de 9 de septiembre de 2009, la cual impugna de nulidad
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la parte demandada y resuelta
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Señala que se demandó a Rudy Caya Monasterio y no a Sandro Stefano Giordano García,
- Cita el art
- Refiere los principios de las nulidades procesales y el art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al efecto se dirá que el Ad quem, en su criterio, advirtió vicio de nulidad
- Antes de considerar el vicio corresponde reflejar la pretensión del caso de Autos, por el
- Como se refirió supra, la doctrina clasifica el instituto del litisconsorcio en necesario y facultativo,
- Ahora en el caso sub lite, ante la eventualidad de la pretensión de nulidad de
- Por lo expuesto este Tribunal Supremo de Justicia, emite fallo en la forma descrita por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
