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    Auto Supremo AS/0739/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0739/2015

    Fecha: 02-Sep-2015

    Por lo expuesto este Tribunal Supremo de Justicia, emite fallo en la forma descrita por

    Por lo expuesto este Tribunal Supremo de Justicia, emite fallo en la forma descrita por el art. 271 num. 3) con relación al art. 275 del Código de Procedimiento Civil
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la parte demandada y resuelta
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • Señala que se demandó a Rudy Caya Monasterio y no a Sandro Stefano Giordano García,
    • Cita el art
    • Refiere los principios de las nulidades procesales y el art
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Al efecto se dirá que el Ad quem, en su criterio, advirtió vicio de nulidad
    • Antes de considerar el vicio corresponde reflejar la pretensión del caso de Autos, por el
    • Como se refirió supra, la doctrina clasifica el instituto del litisconsorcio en necesario y facultativo,
    • Ahora en el caso sub lite, ante la eventualidad de la pretensión de nulidad de
    • Por lo expuesto este Tribunal Supremo de Justicia, emite fallo en la forma descrita por
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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