DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Describe los arts. 194 del Código de Procedimiento Civil y 547 del Código Civil, para señalar que las personas que no han sido parte en el proceso no son afectados en sus derechos por una Sentencia pues ello vulneraría el derecho a la defensa, pues una Sentencia solo afectaría a las partes sus herederos y causahabientes
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Describe los arts. 194 del Código de Procedimiento Civil y 547 del Código Civil, para señalar que las personas que no han sido parte en el proceso no son afectados en sus derechos por una Sentencia pues ello vulneraría el derecho a la defensa, pues una Sentencia solo afectaría a las partes sus herederos y causahabientes
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la parte demandada y resuelta
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Señala que se demandó a Rudy Caya Monasterio y no a Sandro Stefano Giordano García,
- Cita el art
- Refiere los principios de las nulidades procesales y el art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al efecto se dirá que el Ad quem, en su criterio, advirtió vicio de nulidad
- Antes de considerar el vicio corresponde reflejar la pretensión del caso de Autos, por el
- Como se refirió supra, la doctrina clasifica el instituto del litisconsorcio en necesario y facultativo,
- Ahora en el caso sub lite, ante la eventualidad de la pretensión de nulidad de
- Por lo expuesto este Tribunal Supremo de Justicia, emite fallo en la forma descrita por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
