De igual manera, el Tribunal de apelación, en caso de evidenciar alguna incongruencia en
De igual manera, el Tribunal de apelación, en caso de evidenciar alguna incongruencia en uso de sus facultades pudo enmendar dicho extremo sin necesidad de disponer nulidad procesal alguna, puesto que esa posible falta de congruencia no vulnera el derecho a la defensa, y al ser reclamado en apelación pudo ser enmendado o desestimando por el Tribunal de segunda instancia, y no optar por la nulidad procesal, tipo de resolución que, como se expuso es una determinación de ultima ratio no es aplicable al presente caso, puesto que lo contrario sería desconocer el fin de la administración de justicia que es de resolver el conflicto jurídico, y retrotraer etapas procesales, por aspectos que pueden ser enmendados en aplicación y ejercicio de su competencia
- Partes: Viviana Córdova Paredes. C/ Alberto Alfonso Díaz del Llano
- Proceso: División y Partición
- CONSIDERANDO I:
- CONSIDERANDO II:
- Solicitando en definitiva la nulidad de obrados
- Solicitando revocar el Auto de Vista y mantener vigente la Sentencia dictada
- En aplicación del art
- En primer lugar debe dejarse establecido que este Tribunal a través de diversos fallos ha
- En definitiva, la Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorpora
- II. “La preclusión opera a la conclusión de las etapas y vencimiento de plazos”
- Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
- Siendo claros los limites bajos cuales ha de disponerse una nulidad procesal, el Tribunal de
- De igual manera, el Tribunal de apelación, en caso de evidenciar alguna incongruencia en
- Al margen se evidencia que el recurso de apelación, contiene fundamentos de fondo de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
