Reales,
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 788/2015 - L
Sucre: 14 de septiembre 2015
Expediente: CH-13-11-A
Partes: Gregorio Tinoco Macías y Otros. c/ Epifania Tinoco Macías
Proceso: Nulidad de Contrato y Cancelación de Registros en Derechos
Reales, mas pago de daños y perjuicios
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 788/2015 - L
Sucre: 14 de septiembre 2015
Expediente: CH-13-11-A
Partes: Gregorio Tinoco Macías y Otros. c/ Epifania Tinoco Macías
Proceso: Nulidad de Contrato y Cancelación de Registros en Derechos
Reales, mas pago de daños y perjuicios
- Reales,
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Por otro lado refiere la transgresión del art
- Por otro lado señala que el Auto de Vista se advierte que la nulidad que
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En relación al tema es conveniente recurrir a lo señalado en la Sentencia Constitucional Plurinacional
- Para efectos de la resolución, es preciso tomar en cuenta además lo determinado por el
- De lo anterior también es preciso citar la SC
- De lo precedentemente señalado se tiene que el Ad quem no cumplió con su función
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error incurrido no se impone multa
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
