Auto Supremo AS/0788/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0788/2015

Fecha: 14-Sep-2015

Por otro lado señala que el Auto de Vista se advierte que la nulidad que

Por otro lado señala que el Auto de Vista se advierte que la nulidad que determinan sus autoridades, no tiene respaldo legal habita cuenta que no hacen la cita legal de la causa o motivo que dé lugar a la nulidad, por lo que al haber declarado la nulidad de obrados hasta fs. 55 y el decreto de admisión, disponiendo que la A quo observe los defectos de la demanda según dispone el art. 333 del Código de Procedimiento Civil, al haber asumido dicha determinación se han vulnerado normas constitucionales como es el art. 117-I y119-I, de la Constitución Política del Estado, referido al debido proceso e igualdad de las partes