Auto Supremo AS/0813/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0813/2015

Fecha: 16-Sep-2015

Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación de los artículos 271 num. 1) y 272 num. 2) del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTES los recursos de casación de fs. 2300 a 2302, y de fs. 2313 a 2317 y vta., interpuestos por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y por la Empresa Pública Social del Agua y Saneamiento EPSAS, contra el Auto de Vista Nº 124, de 11 de abril de 2014, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de La Paz. Sin costas al ser institución pública del Estado.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.